Ayer el Congreso aprobó una reforma, que aún debe ser promulgada por el Ejecutivo, y que introducirá cambios significativos al sistema de pensiones actual. A continuación, un resumen de los efectos que esta reforma tendrá en los pensionados y afiliados.
Aumento de Pensión Garantizada Universal (PGU):
- Incremento a $250.000 para mayores de 82 años (mes 6 desde la publicación).
- Extensión progresiva: mayores de 75 años (un año después) y mayores de 65 años (dos años después).
- Reajuste anual según el IPC; requisitos actuales se mantienen.
Compensación a mujeres por mayor expectativa de vida:
- Compensación mensual a partir del mes 6.
- Mismo saldo y edad: igual pensión para hombres y mujeres.
- Mínimo: 0,25 UF mensual ($9.596 al 31 de enero de 2025). Tope: 18 UF.
- Disminuye si la mujer se jubila antes de los 65 años.
- Beneficio se extingue al fallecer o salir del país por 180 días.
Beneficio por año cotizado:
- Actuales pensionados mayores de 65 años:
- Garantía de 0,1 UF por año cotizado (tope 2,5 UF, $95.961).
- Requisitos: 20 años cotizados (hombres) o 10 años (mujeres; aumenta gradualmente a 15 años).
- Extinción al fallecer.
- Futuros pensionados:
- Mismos montos y requisitos.
- Garantía finaliza en 2055.
- Cubre diferencia si la pensión es menor a la garantía.
Nueva cotización para trabajadores dependientes:
- Empleador aumenta cotización gradualmente hasta 8,5%.
- 4,5% para la cuenta individual en AFP (completo en 2033).
- 4% al Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP).
- Aporte al FAPP incluye:
- Incremento de 0,9% desde el mes 17.
- Financia pensiones actuales y compensación a mujeres.
- Préstamo reembolsable al pensionarse con intereses bajos.
- Aporte al FAPP decrece gradualmente después de 20 años.
Nueva cotización para trabajadores independientes:
- Emiten boletas: Cotización voluntaria, obligatorio solo para el SIS.
- No emiten boletas: Cotización voluntaria, con opción de pago automático.
Otros cambios progresivos:
- Fondos generacionales:
- Sustitución de 5 multifondos por al menos 10 fondos adaptados según edad.
- Cambio permitido solo en ahorro voluntario.
- Licitación de afiliados:
- Sorteo cada dos años de 10% de afiliados no pensionados hacia AFP con comisión más baja.
- Afiliados pueden rechazar traspaso o volver a su AFP original.
- Nuevos administradores:
- Se autoriza a cajas de compensación, cooperativas y el IPS a administrar fondos de pensiones.
FUENTE: Martín Mujica | Gerente General CUPRUM